Micelio

Artículo 1

Decretar A Partir De Las 00:00 Horas Del Día 1º De Enero De 2023, Hasta Las 24:00 Horas Del Día 30 De Junio De 2023 El Cese Al Fuego Bilateral Y Temporal De Carácter Nacional (Cfbtn), Entre El Gobierno Nacional Y Las Autodefensas Conquistadores De La Sierra Nevada, Acsn

Decreto 2659 de 2022 · por el cual se decreta el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional, en el marco de los acercamientos y conversaciones entre el Gobierno nacional y las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada, ACSN, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Decretar a partir de las 00:00 horas del día 1º de enero de 2023, hasta las 24:00 horas del día 30 de junio de 2023 el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional (CFBTN), entre el Gobierno nacional y las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada, ACSN. El CFBTN podrá ser prorrogado por el Gobierno nacional previa recomendación que en tal sentido realizará el Mecanismo de Veeduría, Monitoreo y Verificación. El CFBTN tendrá como objetivo principal suspender la afectación humanitaria de la población en general y en particular de las comunidades étnico territoriales y campesinas y a la Nación, suspender acciones ofensivas y evitar incidentes armados entre la Fuerza Pública y las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada, ACSN. El CFBTN estará condicionado al cumplimiento de las reglas, compromisos y términos que acuerdan el Gobierno nacional y las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada, ACSN en los protocolos pertinentes.

Parágrafo

Los protocolos que se suscriban entre el Gobierno nacional y las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada, ACSN en relación con el CFBTN hacen parte integral de este decreto y tendrán carácter reservado de conformidad con lo establecido en la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1712 de 2014. CAPÍTULO II De las operaciones de la fuerza pública

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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