º. Beneficiarios . El proceso de reasentamiento definitivo está dirigido a las unidades sociales que habiten y se encuentren en la Zona de Amenaza Volcánica Alta - ZAVA- del Galeras definida por Ingeominas, siempre y cuando se encuentren inscritos en el registro de población, vivienda, unidades económicas y/o unidades agropecuarias elaborado para la ZAVA, por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE- en el segundo semestre de 2005. Las compensaciones de que trata este decreto tendrán como beneficiarios, según se trate, a las unidades sociales, las personas naturales o jurídicas, conforme a las definiciones que más adelante se establecen.
Las unidades sociales propietarias de inmuebles cuyo valor sea superior a 50 smmv, tratándose de vivienda urbana, o a 70 smmv, tratándose de vivienda en zona rural, no serán beneficiarias del Valor Unico Complementario, pero sí de las demás compensaciones de que trata este decreto