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Artículo 3

Las Licencias De Importación Comprendidas En La Presente Resolución Deberán Ser Expedidas De Conformidad Con Las Normas Generales Vigentes, Y A Importadores Que Posean Cupo Básico

Decreto 397 de 1951 · Sobre unos pagos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las licencias de importación comprendidas en la presente Resolución deberán ser expedidas de conformidad con las normas generales vigentes, y a importadores que posean cupo básico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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