Micelio

Artículo 668

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DECLARATORIA DE AUSENTE. Cumplidas las anteriores formalidades, el presidente declarará ausentes a quienes figuren en la resolución de convocatoria cuya comparecencia no se haya obtenido, y si tampoco comparece el defensor que ha venido actuando, hará los respectivos nombramientos de defensores de oficio y les dará posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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