Micelio

Artículo 3.1.2

Circular 100-000002 de 2025 · Circular Externa 100-000002 de 14 de marzo de 2025

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Entidades Empresariales vigiladas o controladas que hagan parte de los sectores Minero-Energético, Manufactura, Construcción, Circular externa Turismo, TIC y Nuevas Tecnologías que hubieren recibido ingresos totales iguales o superiores a 30.000 SMMLV en el año inmediatamente anterior a la generación del reporte. En consideración a lo dispuesto en el Capítulo XV de la Circular Básica Jurídica, las siguientes Sociedades no están sujetas a presentar el INFORME 08 - REPORTE DE SOSTENIBILIDAD. - Sociedades en liquidación judicial simplificada. - Sociedades en liquidación obligatoria. - Sociedades en liquidación judicial. - Sociedades en liquidación voluntaria. - Sociedades en concordato. - Sociedades que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha. - Sociedades Grupo 3 — NIF contabilidad simplificada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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