Micelio

Artículo 12

Decreto 356 de 1951 · Por el cual se reforma la Enseñanza Comercial para todo el territorio de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo duodécimo. Todos los planteles comerciales que actualmente funcionan en el país, procederán a informar al Ministerio de Educación, la categoría de estudios que se proponen adelantar en su organización, remitiendo los comprobantes requeridos, como base para que se les pueda expedir la respectiva licencia de funcionamiento. De igual modo, los aspirantes a abrir nuevos planteles, deben adquirir previa licencia, mediante el lleno de los requisitos estatuidos para tal fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 356 de 1951