Dirección Financiera. A la Dirección Financiera le corresponde desarrollar las siguientes funciones
Dirigir las áreas de tesorería, presupuesto y contabilidad;
Ejecutar el presupuesto anual, de acuerdo con las normas legales vigentes;
Efectuar todos los pagos que deba efectuar la Superintendencia, para su correcto funcionamiento;
Registrar la correcta y oportuna contabilización de las operaciones financieras de la Superintendencia y elaborar sus estados financieros;
Controlar el manejo y custodia de los fondos de la Superintendencia, vigilando la recepción de ingresos y el control de pagos;
Controlar la rendición de cuentas y los aportes prestacionales que debe realizar legalmente la Superintendencia;
Mantener actualizados y controlar los contratos de seguro relativos a los bienes muebles e inmuebles de la Superintendencia, así como de los diferentes empleados de manejo al servicio de la misma;
Planear y desarrollar el sistema de contabilidad general y de presupuesto, de conformidad con las normas establecidas;
Velar por el oportuno recaudo de la multas Impuestas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios a las personas naturales y jurídicas, e informar del pago de las mismas a las respectivas dependencias, así como al Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Garantizar el adecuado manejo y la eficiente colocación de los recursos financieros de la Superintendencia y de sus excedentes de liquidez;
Las demás que le sean asignadas por el Secretario General, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. CAPITULO V. Funciones de las Intendencias Delegadas Departamentales