Son funciones de la División Operativa
Responder ante el Director del Ministerio por el cumplimiento de sus funciones;
Dirigir, con la asesoría de las Divisiones Técnicas, de la División Administrativa, y por intermedio de los Jefes de Zona Agropecuaria, los programas que adelante directamente el Ministerio;
Supervisar el desarrollo de los programas a cargo de las Zonas Agropecuarias, y vigilar el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio, en dichas Zonas;
Asesorar a las Divisiones Técnicas del Ministerio en la programación de la delegación gradual de funciones a entidades públicas o semipúblicas;
Vigilar el cumplimiento de las funciones delegadas por el Ministerio y de los contratos que éste celebre con los Departamentos y demás entidades públicas, privadas, y organismos internacionales, en cuanto se relacione con las labores que ejecutan en las Zonas Agropecuarias;
Asesorar a las entidades delegadas en el ejercicio de sus funciones y a las demás entidades o dependencias en el cabal cumplimiento de los contratos o convenios celebrados con el Ministerio y de las normas establecidas por él;
Analizar los informes de los Jefes de Zona y rendir informes y conceptos al Director del Ministerio;
Mantener informados a los Jefes de Zonas Agropecuarias, sobre los reglamentos y normas que dicta el Ministerio, así como de los programas de las Divisiones del mismo;
Practicar visitas periódicas de inspección a las Zonas, en coordinación con el personal de las Divisiones del Ministerio;
Coordinar con los Jefes de las Divisiones Técnicas y la División Administrativa, la solución de los problemas específicos que se presenten en las Zonas.