Micelio

Artículo 8

Beneficiarios Del Programa De Apoyo Para El Pago De La Prima De Servicios (Pap)

Ley 2060 de 2020 · por la cual se modifica el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) y el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el inciso primero y adiciónese un parágrafo 11 al artículo 8° del Decreto Legislativo 770 de 2020, así:

“Artículo 8°. Beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP). Podrán ser beneficiarios del PAP las personas juridicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos que cumplan los siguientes requisitos:”

“Parágrafo 11. Los patrimonios autónomos no deben cumplir con el requisito establecido en el numeral 2 de este artículo, en su lugar, deberán aportar su Número Único de Identificación Tributaria (NIT) y ser declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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