Micelio

Artículo 23

Decreto 210 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficinas en el Exterior . Las Oficinas del Ministerio en el Exterior, tendrán las siguiente funciones

1.

Hacer seguimiento a las políticas que adopten las autoridades de comercio y los organismos internacionales de comercio en el ámbito de su competencia, así como a la normatividad reguladora del comercio que se relacione con los intereses comerciales de Colombia.

2.

Asesorar al Jefe de la misión diplomática colombiana en las negociaciones y demás actividades relacionadas con el comercio internacional.

3.

Adelantar los estudios que sean necesarios para promover la inversión en Colombia y la importación de bienes, servicios y tecnología colombiana.

4.

Apoyar la planeación, diseño e implementación de proyectos de cooperación económica.

5.

Prestar asesoría a los exportadores colombianos sobre los reglamentos, leyes, decisiones judiciales y administrativas que afecten la actividad exportadora.

6.

Informar oportunamente a las autoridades gubernamentales colombianas sobre las políticas que se adopten en materia de comercio exterior y que interesen a Colombia.

7.

Resolver consultas, hacer estudios y análisis sobre el comercio internacional, y determinar los efectos económicos y comerciales para Colombia de las decisiones que adopten las autoridades gubernamentales, judiciales o legislativas de los países del ámbito de su competencia.

8.

Apoyar las gestiones de política económica y comercial que se adelanten con las autoridades de comercio y con los organismos internacionales de comercio.

9.

Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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