La partida de que habla el artículo 1° de esta Ley será forzosamente incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia fiscal; y de no hacerlo, el Gobierno hará las traslaciones correspondientes del Presupuesto Nacional, o abrirá los créditos respectivos, con destino a la construcción del Palacio municipal de que se trata.
Ley 195 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Ley 195 de 1959 · Por la cual se destina una suma de dinero para la construcción del Palacio Municipal en la población de Mocoa. (Comisaria del Putumayo)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.