Indemnización por disminución de la capacidad sicofísica. Los alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales o Suboficiales que sean dados de baja por disminución de la capacidad sicofísica adquirida en actos relacionados con el servicio, tendrán derecho a que el Tesoro Público les pague, por una sola vez, indemnización de acuerdo con las normas del reglamento de incapacidades, invalideces e indemnizaciones de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, así
Alférez, la correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico de un Subteniente;
Cadete, la correspondiente al treinta por ciento (305) del sueldo básico de un Subteniente;
Alumno de la Escuela de Formación de Suboficiales, Ia correspondiente al treinta por ciento (30%) del sueldo básico de un Cabo Segundo.