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Artículo 4

El Interventor Nombrado Tomará Posesión De Su Cargo Ante El Director General De Aeronáutica Civil, Previo El Cumplimiento De Las Formalidades Legales Exigidas En Estos Casos

Decreto 2828 de 1950 · por el cual se nombra Interventor de los trabajos del aerodromo de Popayán.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° El Interventor nombrado tomará posesión de su cargo ante el Director General de Aeronáutica Civil, previo el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en estos casos. Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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