Micelio

Artículo 4

Para Atender A Los Gastos De Administración, Y Vigilancia De Los Bosques Nacionales, La Dirección De Las Minas De Supía Y Marmato Destinará Mensualmente La Suma Dé Quinientos Pesos ($ 500), Que Será Puesta A Órdenes Del Ministerio De La Economía En La Recaudación De Hacienda Nacional Que Dicho Ministerio Señale

Decreto 290 de 1946 · por el cual se traspasan los bosques de propiedad nacional ubicados en los Municipios de Supía y Marmato y Distritos vecinos al Ministerio de la Economía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para atender a los gastos de administración, y vigilancia de los bosques nacionales, la Dirección de las Minas de Supía y Marmato destinará mensualmente la suma dé quinientos pesos ($ 500), que será puesta a órdenes del Ministerio de la Economía en la Recaudación de Hacienda Nacional que dicho Ministerio señale.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 290 de 1946