Autorizase al Gobierno Nacional y al Banco de la República para ampliar, por medio de contratos de empréstito, la cuantía de los "Bonos de Salinas" actualmente emitidos, hasta por la suma de $ 80.000.000.00, con el fin de financiar las inversiones previstas en el ordinal f) del artículo 2º de este estatuto. Los contratos de empréstito deberán celebrarse con las mismas modalidades y características de los suscritos en desarrollo principalmente de las autorizaciones contenidas en la Ley 264 de 1938 , y los Decretos legislativos números 2214 de 1931, 1387 de 1940, 15Ì2 de 1942, 1529 de 1942 y 407 de 1940. Y requerirán la aprobación del Presidente de la República, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros: de la Junta Directiva del Banco de la República, y la revisión del Consejo de Estado.
Ley 130 de 1959 →Vigente
Artículo 9
Ley 130 de 1959 · Por la cual se autorizan unas operaciones financieras; se autoriza al Gobierno para adicionar el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones; se confieren facultades extraordinarias al Presidente de la República, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.