Micelio

Artículo 3

Habrá En La Escuela De Guerra Los Siguientes Cursos: Curso De Estado Mayor, Destinado Á Preparar Oficiales Para El Cuerpo De Estado Mayor Y Profesores Para La Enseñanza Militar

Decreto 453 de 1909 · Por el cual se organiza la Escuela Superior de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Habrá en la Escuela de Guerra los siguientes cursos: Curso de Estado Mayor, destinado á preparar Oficiales para el Cuerpo de Estado Mayor y Profesores para la enseñanza militar. Este curso será de un año. Curso de Aplicación, destinado á dar á toda la Oficialidad del Ejército la conveniente homogeneidad. Este curso será de seis meses y á el ingresarán: a )Los Oficiales que hayan rendido el examen de Oficial en el curso militar de la Escuela Militar y que hayan servido en un Cuerpo de tropa dos años por lo menos; b ) Los Oficiales del servicio activo que no hayan tenido preparación militar anterior y que destine especialmente el supremo Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 453 de 1909