Retiro de aportes sin cumplimiento de requisitos: Para el caso de los seguros privados de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes y de los fondos de pensiones de que trata el Decreto 2513 de 1987, están sometidos a retención en la fuente los retiros de aportes y sus rendimientos hechos con anterioridad al cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la pensión, de acuerdo con las disposiciones previstas en los artículos 17 y 19 del presente decreto. Corresponde a las entidades que administren los fondos de pensiones y sociedades aseguradoras efectuar la retención en la fuente de que trata el artículo 19 del presente decreto.
Artículo 20
Retiro De Aportes Sin Cumplimiento De Requisitos: Para El Caso De Los Seguros Privados De Pensiones De Vejez, Invalidez Y Sobrevivientes Y De Los Fondos De Pensiones De Que Trata El Decreto 2513 De 1987, Están Sometidos A Retención En La Fuente Los Retiros De Aportes Y Sus Rendimientos Hechos Con Anterioridad Al Cumplimiento De Los Requisitos Exigidos Para Acceder A La Pensión, De Acuerdo Con Las Disposiciones Previstas En Los Artículos 17 Y 19 Del Presente Decreto
Decreto 163 de 1997 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995 y la Ley 100 de 1993 en los aspectos tributarios relacionados con el Sistema General de Seguridad Social y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.