Las atribuciones de los Alcaldes son las siguientes:
Cuidar de que el Concejo se reúna oportunamente y desempeñe los deberes que le corresponden;
Convocarlo a reuniones extraordinarias cuando un caso grave y urgente lo exija;
Conceder licencia a los Concejales;
Suministrar al Concejo los informes y datos que necesite para el buen desempeño de sus funciones;
Inspeccionar con frecuencia los establecimientos públicos del Municipio; para que marchen con regularidad;
Nombrar y remover libremente los empleados de su oficina;
Conceder licencia a los empleados municipales, en los casos y especificados por la ley;
Cumplir y hacer cumplir la Constitución, leyes, ordenanzas, acuerdos y decretos que estén en vigor;
Velar porque los empleados en el servicio municipal desempeñen oportuna y debidamente sus funciones;
Presentar al Concejo los proyectos de acuerdo que juzgue convenientes a la buena marcha del Municipio, y con especialidad los de presupuestos de rentas y gastos en la época oportuna;
Dar posesión de sus destinos a los empleados municipales, con las excepciones que establezcan las leyes, ordenanzas y acuerdos;
Remitir al Gobernador, en los primeros ocho días de cada mes, los datos estadísticas del consumo de ganado mayor, lanar y de cerda;
Dar en el mes de diciembre un informe al Prefecto de la Provincia o al Gobernador del Departamento, cuando no exista la entidad provincial, sobre la marcha de la Administración Pública en el Municipio, y las medidas que convenga tomar para mejorarla;
Imponer multas hasta de veinte pesos, o arrestó hasta de seis días, a los que desobedezcan o no cumplan sus órdenes y a los que les falten al debido respeto;
Sancionar u objetar los acuerdos expedidos por el Concejo;
Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el presupuesto y los reglamentos de contabilidad;
Perseguir a los reos prófugos que haya en el Municipio;
Nombrar los Corregidores en las fracciones en que esto deba tener lugar;
Nombrar los empleados municipales, siempre que la designación no esté atribuida especialmente a otra autoridad;
Coadyuvar activamente a las medidas que dicten los empleados de instrucción pública, y fomentar, en cuanto esté a su alcance, este ramo en el Municipio;
Cuidar de que los archivos de las oficinas del Municipio se conserven en perfecto buen estado y arreglo, y
Despachar, sin pérdida de tiempo, los exhortos y oficios que les dirijan las autoridades judiciales.