El Ministro de Hacienda y Crédito Público podrá delegar en el Secretario General de la Superintendencia Bancaria y en el Director Administrativo y Financiero de esta entidad, la ordenación de gastos sobre la cuenta de que trata el artículo anterior, según cuantías y clase de los mismos, teniendo en cuenta las normas legales sobre contratación y con sujeción en un todo a la apropiación presupuestal de ley, a la correspondiente resolución ministerial de distribución presupuestal de apropiación y a las demás normas del Decreto-ley 294 de 1973 o las que modifiquen o sustituyan.
Decreto 1939 de 1986 →Vigente
Artículo 41
Decreto 1939 de 1986 · Por el cual se dictan normas sobre estructura y funciones de la Superintendencia Bancaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.