El que con el propósito de fabricar las especies a que se refieren los artículos anteriores, construya, conserve, venda o introduzca al país elementos que, sin ser exclusivamente adecuados para obtener ese fin, puedan utilizarse para realizarlo, incurrirá en prisión de uno a tres años.
Decreto 2300 de 1936 →Vigente
Artículo 228
El Que Con El Propósito De Fabricar Las Especies A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, Construya, Conserve, Venda O Introduzca Al País Elementos Que, Sin Ser Exclusivamente Adecuados Para Obtener Ese Fin, Puedan Utilizarse Para Realizarlo, Incurrirá En Prisión De Uno A Tres Años
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.