Micelio

Artículo 113

Ley 85 de 1915 · Sobre régimen de las Aduanas de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A continuación del manifiesto se extenderá una diligencia que exprese la fecha de su presentación y la de la salida del buque, que firmarán el Administrador y el Contador, y se entregará uno de los ejemplares al consignatario, otro se remitirá a la Dirección General de Estadística y el otro quedará en el archivo de la Aduana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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