Artículo primero. De las becas creadas por el artículo 2° del Decreto número 877 de 18 de marzo de 1959, imputables al Capítulo 393, artículo 4477 del Presupuesto Nacional vigente, cancélense las siguientes: Establecimientos dependientes de la División de Normales Superiores y Educación Primaria. 26 Becas en el "Curso Intensivo de Formación de Maestros" para bachilleres, de Bogotá, a $150.00 mensuales en 10 meses, de marzo a diciembre del presente año 39.000.00
Decreto 2234 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Del Decreto Número 877 De 18 De Marzo De 1959, Imputables Al Capítulo 393, Artículo 4477 Del Presupuesto Nacional Vigente, Cancélense Las Siguientes: Establecimientos Dependientes De La División De Normales Superiores Y Educación Primaria
Decreto 2234 de 1959 · Por el cual se suprimen unas becas y se crean otras en establecimientos dependientes de la División de Normales Superiores y Educación Primaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.