Micelio

Artículo 4

Personal Directivo Y De Confianza

Decreto 1848 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Decreto3135 de 1968

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Personal directivo y de confianza. Definición. Por personal directivo y de confianza, se entiende el que reemplaza al empleador frente a los demás empleados a su cargo, sustituyendo a aquel en sus facultades directivas, de mando y de organización.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 4º.Personal directivo y de confianza. Definición. Por personal directivo y de confianza, se entiende el que reemplaza al empleador frente a los demás empleados a su cargo, sustituyendo a aquel en sus facultades directivas, de mando y de organización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2005
    C-879/05ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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