Micelio

Artículo 19

Son Funciones De La Sección De Suelos; A) Adelantar Estudios De Suelos Para Determinar La Erosión, Conservación, Capacidad U Y Utilización Apropiada; B) Adelantar Estudios De Abonos Y Fertilizantes Y Recomendar Su Empleo, De Acurdo Con La Composición Y Uso De Los Suelos; C) Coordinar Con El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" La Clasificación Y Reconocimiento De Suelos; D) Dar Normas Para Adelantar Campañas De Conservación Y Utilización De Los Suelos, En Coordinación Con Las Demás Dependencias Del Ministerio Y Organismos Que Desarrollen Programas Similares; E) Prestar Asesoría Técnica A Otras Entidades Sobre La Conservación De Sueldo Y Su Correcta Utilización; F) Elaborar Programas De Adiestramiento De Personal Técnico, Y Coordinar Su Ejecución Con Las Divisiones De Personal Y Extensión Agropecuaria, G) Preparar Material Educativo De Carácter Técnico En Coordinación Con La División De Extensión Agropecuaria, Y Colaborar En Su Publicación Con La División De Servicios Generales; H) Rendir Informes Periódicos Al Jefe De La División, Sobre Los Trabajos Realizados Por La Sección; I) Suministrar Información Técnica Al Público;

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Suelos

a)

Adelantar estudios de suelos para determinar la erosión, conservación, capacidad u y utilización apropiada;

b)

Adelantar estudios de abonos y fertilizantes y recomendar su empleo, de acurdo con la composición y uso de los suelos;

c)

Coordinar con el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" la clasificación y reconocimiento de suelos;

d)

Dar normas para adelantar campañas de conservación y utilización de los suelos, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y organismos que desarrollen programas similares;

e)

Prestar asesoría técnica a otras entidades sobre la conservación de sueldo y su correcta utilización;

f)

Elaborar programas de adiestramiento de personal técnico, y coordinar su ejecución con las Divisiones de Personal y Extensión Agropecuaria,

g)

Preparar material educativo de carácter técnico en coordinación con la División de Extensión Agropecuaria, y colaborar en su publicación con la División de Servicios Generales;

h)

Rendir informes periódicos al Jefe de la División, sobre los trabajos realizados por la Sección;

i)

Suministrar información técnica al público;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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