Micelio

Artículo 2

Fíjase En Cinco Pesos ($ 5) Por Mes, A Contar Del Día Primero De Los Corrientes, La Partida Para Pagar Los Acarreos De Los Correos Nacionales Entre La Oficina Postal De Buenos Aires (Cauca) Y La Estación De Timba, En El Ferrocarril Del Pacífico

Decreto 930 de 1930 · Por el cual se reforma el número 500 de 26 de marzo último

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Fíjase en cinco pesos ($ 5) por mes, a contar del día primero de los corrientes, la partida para pagar los acarreos de los correos nacionales entre la Oficina Postal de Buenos Aires (Cauca) y la estación de Timba, en el ferrocarril del Pacífico. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 930 de 1930