Micelio

Artículo 5

El Comandante General De La Gendarmería Seleccionará El Personal De Gendarmes, Para Para Colocar Los De Buena Conducta Que Hayan De Quedar Excedentes

Decreto 740 de 1907 · Por el cual se reorganiza el Cuerpo de Gendarmería Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 5.° El Comandante general de la Gendarmería seleccionará el personal de gendarmes, para para colocar los de buena conducta que hayan de quedar excedentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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