Micelio

Artículo 1

º

Decreto 369 de 1994 · por el cual se modifica la estructura y funciones del Instituto Nacional para Ciegos, INCI

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1 º. NATURALEZA . El Instituto Nacional para Ciegos, INCI, es un establecimiento público, esto es, un organismo dotado de Personería Jurídica, Autonomía Administrativa y Patrimonio Independiente, de carácter técnico intersectorial, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, que actúa en forma coordinada y con la colaboración de los Ministerios de Salud Pública y de Trabajo y Seguridad Social, que se organiza conforme a las disposiciones establecidas en los Decretos-ley 1955 de 1955, 1050 y 3130 de 1968, y artículo 27 de la Ley 60 de 1993 y las contenidas en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1994