Micelio

Artículo 45

Sección Técnica Y De Mantenimiento

Ley 4 de 1990 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación, se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Sección tendrá las siguientes funciones:

a)

Conceptuar sobre la adquisición, adecuación y mantenimiento de los bienes inmuebles de la entidad;

b)

Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los trabajos de mantenimiento;

c)

Organizar, según prioridades, los programas de mantenimiento de la entidad;

d)

Ejecutar los trabajos de mantenimiento que requieran las diferentes dependencias de la entidad;

e)

Llevar el control de los servicios de mantenimiento y reparación;

f)

Revisar y mantener en buen estado los extinguidores de la entidad;

g)

Mantener un estudio actualizado de la situación de los bienes muebles y equipos de la entidad para conocer las necesidades de reposición e informar al Jefe de la División al respecto;

h)

Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato y que estén acordes con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 4 de 1990