º. Del trámite oficioso . El Ministerio de Salud oficiosamente y con base en la documentación aportada para obtener la autorización del ejercicio profesional de la medicina, procederá a emitir la tarjeta profesional, previo el pago de los derechos correspondientes. Los Jefes de los Servicios Seccionales de Salud tramitarán inmediatamente, y de oficio, ante el Ministerio de Salud las solicitudes de tarjeta profesional con la sola comprobación del pago de los derechos de expedición.
El Ministerio de Salud reglamentará y tomará,' las medidas necesarias para todo lo relacionado con derechos de expedición de la tarjeta profesional de médico, con base en los costos de emisión y con sujeción de las disposiciones legales pertinentes.