En los procesos mayores relativos al personal de soldados, suboficiales, clases, marinería y personal auxiliar civil que forma parte de las Fuerzas Militares: 1°. Es funcionario de instrucción el oficial de detall, o su equivalente o quien lo reemplace; 2°. Es juez sustanciador y de primera instancia el Comandante del cuerpo de tropas, o Base, o Capitán de Buque o quien lo reemplace, quien falla con intervención del Consejo de Guerra Ordinario; 3°. Es juez de segunda instancia
Para el personal del Ejército, el comandante de la Brigada respectiva;
Para el personal de la Fuerza Aérea y de la Armada Nacional, los Directores respectivos;
Para el personal que no pertenezca a ninguna de las reparticiones anteriores, el Comandante de la Brigada en cuya jurisdicción se cometió el hecho.