Micelio

Artículo 2

Ley 87 de 1925 · Por la cual se modifican las de asignaciones civiles y se dictan varias disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dicha Comisión, a cuya disposición pondrá el Gobierno todos los documentos, planos e informaciones que posee o pueda adquirir, relativos a las expresadas propiedades, levantara el plano general de estas, con especificaciones precisas y detalladas:

1.

De la parte o partes, cuyo derecho es indiscutible; y

2.

De la parte o partes cuyo derecho es pretendido por terceros.

Parágrafo

Respecto de aquellas que no formen un globo común, la Comisión levantara planos parciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 87 de 1925