Designación . Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la conformación de las quince (15) ternas, el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias) la someterá a consideración del Presidente de la República para que este realice la respectiva designación, adjuntando para el efecto, copia de la respectiva acta de la reunión de elección.
En la primera composición del CNB, el Presidente de la República designará un tercio de los consejeros para un periodo de dos (2) años, respetando la proporcionalidad de la representación.