Micelio

Artículo 6

Los Artículos 1° Del Presente Decreto Y 2° Del Mismo En Lo Pertinente Al Departamento De Telégrafos Y Teléfonos Y Personal De Las Dependencias Estipuladas De Bogotá, Rige A Partir De Primero (1°) De Febrero Del Presente Año

Decreto 110 de 1946 · por el cual se hacen unas modificaciones y se fijan unas asignaciones al personal del ramo de Telégrafos, en el Ministerio de Correos y Telégrafos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los artículos 1° del presente Decreto y 2° del mismo en lo pertinente al Departamento de Telégrafos y Teléfonos y personal de las dependencias estipuladas de Bogotá, rige a partir de primero (1°) de febrero del presente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 110 de 1946