Micelio

Artículo 1

Decreto 403 de 1953 · Por el cual se dicta una disposición sobre Bonos de Crédito Territorial del 3%

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Tesorería General de la República, procederá a entregar a las personas y entidades anotadas en el respectivo informe del Investigador Especial de la Contraloría General de la República, los valores en custodia a que tienen derecho, y que fueron sustraídos mediante cartas y certificados falsos. Esta entrega se hará efectiva en Bonos de Crédito Territorial del 3%, emisión de 1952, y Certificados de Fracción de los mismos.

Parágrafo

Los intereses devengados por dichos valores, se liquidarán y pagarán tomando como base las fechas expresadas en los respectivos certificados legítimos que presenten los interesados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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