A partir del 1° de enero de 1988, la prima de dedicación exclusiva de que trata el Acuerdo número 30 de 1971 de la Junta Directiva del ICCE, se continuará pagando únicamente a aquellos que la venían percibiendo y en las mismas cuantías señaladas en el artículo 9° del Decreto-ley 456 de 1984, previa constancia del Rector del INEM de que el docente trabaja y cumple con la dedicación exclusiva.
Artículo 21
A Partir Del 1° De Enero De 1988, La Prima De Dedicación Exclusiva De Que Trata El Acuerdo Número 30 De 1971 De La Junta Directiva Del Icce, Se Continuará Pagando Únicamente A Aquellos Que La Venían Percibiendo Y En Las Mismas Cuantías Señaladas En El Artículo 9° Del Decreto-Ley 456 De 1984, Previa Constancia Del Rector Del Inem De Que El Docente Trabaja Y Cumple Con La Dedicación Exclusiva
Decreto 125 de 1988 · por el cual se fijan las asignaciones correspondientes a los distintos grados del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones sobre remuneraciones en el sector educativo oficial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.