º BIENES Y RENTAS DE LAS INTENDENCIAS Y COMISARIAS. Los bienes y rentas de las Intendencias y Comisarías son de su propiedad exclusiva y gozan de las mismas garantías que las propiedades y rentas de los particulares y los primeros no podrán ser ocupados sino en los mismos términos en que lo sea la propiedad privada.
Decreto 469 de 1986 →Vigente
Artículo 7
º Bienes Y Rentas De Las Intendencias Y Comisarias
Decreto 469 de 1986 · por el cual se expiden normas sobre el régimen presupuestal y fiscal de las intendencias y comisarías y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.