Requisito de 5 años de privación de la libertad para la concesión del beneficio de la libertad condicionada. Las personas que estén privadas de la libertad por delitos que no son objeto de la amnistía de iure, que estén vinculadas a varios procesos y/o sentencias cometidas todas en el marco del conflicto armado, serán objeto de la libertad condicionada, siempre y cuando hayan permanecido cuando menos cinco (5) años de privación efectiva de la libertad por uno o varios procesos o sentencias vigentes.
Decreto 1069 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.5.5.1.7
Requisito De 5 Años De Privación De La Libertad Para La Concesión Del Beneficio De La Libertad Condicionada
Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.