Micelio

Artículo 2

Ley 18 de 1909 · Por la cual se suprimen las Agencias Fiscales y oficinas de Información

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suprímanse las Oficinas de Información en New York, Hamburgo, Londres, París, Barcelona y Burdeos, creadas por Decretos números 1128 y 1132 de 1906, 973 y 1207 de 1907 y 51 de 1908, y adscríbense las funciones de ellas á los Consulados de la República en los respectivos lugares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1909