Micelio

Artículo 18

Sección De Almacén Y Suministros

Decreto 533 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 040 de noviembre 20 de 1986 de la Junta Directiva de la CAR que establece la estructura orgánica y de termina las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sección de Almacén y Suministros. Son funciones de la Sección de Almacén y Suministros, las siguientes

a)

Almacenar, mantener y suministrar los bienes que requieran las diferentes dependencias del organismo.

b)

Coordinar, controlar y vigilar las existencias y pedidos que soliciten los almacenes zonales.

c)

Atender, de acuerdo con los programas, los suministros que requiera la entidad.

d)

Llevar y mantener actualizado el kárdex de existencias de los elementos que ingresen al almacén.

e)

Elaborar balances mensuales y semestrales y el inventario de fin de año de las existencias del almacén.

f)

Elaborar mensualmente el inventario de elementos devolutivos en servicio.

g)

Coordinar con la Oficina de Informática el procesamiento de la información requerida por la dependencia para su normal funcionamiento.

h)

Rendir informes a la División de Servicios Administrativos sobre las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados.

i)

Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 533 de 1987