La elaboración de los planes de inversiones públicas anuales o los indicativos para inversiones locales en acueductos, alcantarillados y pozos sépticos, así como las proyecciones de las mejoras y demandas futuras encomendadas al Insfopal, se adelantarán de preferencia para el sector que el Instituto debe atender de conformidad con el literal b) del artículo 2° del Decreto 3178 de 1968.
Decreto 331 de 1970 →Vigente
Artículo 34
La Elaboración De Los Planes De Inversiones Públicas Anuales O Los Indicativos Para Inversiones Locales En Acueductos, Alcantarillados Y Pozos Sépticos, Así Como Las Proyecciones De Las Mejoras Y Demandas Futuras Encomendadas Al Insfopal, Se Adelantarán De Preferencia Para El Sector Que El Instituto Debe Atender De Conformidad Con El Literal B) Del Artículo 2° Del Decreto 3178 De 1968
Decreto 331 de 1970 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Fomento Municipal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.