Micelio

Artículo 134

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La pena de destitución consiste en la salida definitiva del Ejército y en la pérdida del destino y de los sueldos, pensiones, honores y derechos militares que correspondan al penado.

Si al condenado a esta pena le faltare tiempo para cumplir con la obligación del servicio militar, acabará de cumplir dicha obligación en una Compañía disciplinaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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