Artículo segundo. Con base en los nuevos recursos fiscales ele que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: Ministerio de Fomento CAPITULO 333 División de Turismo AQUI PDF DIARIO OFICIAL N. 29669 (TABALA DE PRESUPUESTO) PÁG. 8.
Decreto 157 de 1958 →Vigente
Artículo 2
Decreto 157 de 1958 · Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario-al Presupuesto vigente.(Ministerio de Fomento), y se modifica una leyenda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.