Transferencia entre planes. Los planes de Pensiones de Jubilación e Invalidez establecerán las condiciones en las cuales sus participes podrán solicitar que las sumas acreditadas a su favor se trasfieran a otro plan de pensiones, sin que para efectos fiscales ello implique un ingreso consecutivo de renta o ganancia ocasional. CAPITULO TERCERO Fondo de Pensiones de Jubilación e Invalidez
Decreto 2013 de 1987 →Vigente
Artículo 12
Transferencia Entre Planes
Decreto 2013 de 1987 · por el cual se establece el régimen jurídico de los Fondos de Pensiones de Jubilación e Invalidez.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.