º . Modalidad de operación de las rifas . Las rifas sólo podrán operar mediante la modalidad de operación a través de terceros, previa autorización de la autoridad competente. En consecuencia, no podrá venderse, ofrecerse o realizarse rifa alguna que no esté previa y debidamente autorizada mediante acto administrativo expedido por la autoridad competente.
Decreto 1968 de 2001 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1968 de 2001 · por el cual se reglamenta el capítulo V de la Ley 643 de 2001 sobre el régimen de rifas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.