Micelio

Artículo 10

Si El Ministerio No Accediere A La Solicitud Lo Comunicará Al Interesado Y A Las Autoridades Que Estime Conveniente

Decreto 904 de 1941 · Por el cual se reglamenta la Ley 103 de 1931

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el Ministerio no accediere a la solicitud lo comunicará al interesado y a las autoridades que estime conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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