Micelio

Artículo 8

º

Decreto 710 de 1984 · Por el cual se reglamenta el Decreto-Ley 133 de 1976, en lo relacionado con el Fondo de Fomento Agropecuario y se deroga una disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Del Jefe de la Sección Financiera y de Evaluación de Proyectos. Son funciones del Jefe de la Sección Financiera y de Evaluación de Proyectos

1.

Formular los proyectos y programas de desarrollo a financiars9. por el Fondo de Fomento Agropecuario y evaluar su ejecución.

2.

Preparar, bajo la orientación del Director General del Fondo, el anteproyecto y proyecto de presupuesto para cada vigencia.

3.

Analizar la viabilidad de los auxilios y créditos solicitados y formular su concepto sobre el particular.

4.

Elaborar los Informes necesarios en relación con la marcha del Fondo y los análisis de ejecución presupuestal.

5.

Efectuar la imputación presupuestal en las cuentas y órdenes de pago, registrar las reservas y expedir loa certificados presupuestales, una vez hayan sido descontados del libro respectivo.

6.

Constatar el Movimiento de importaciones de los productos sujetos a cuotas de fomento con destino al Fondo de Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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