Micelio

Artículo 3

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial

Decreto 1835 de 1981 · Por el cual se fija el deficit actuarial a cargo de la empresa de servicios aéreos comerciales denominada Aereovias Condor de Colombia S, A., AEREOCONDOR, a favor de la Caja de auxilios y préstaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles- CAXDAC"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Comuníquese,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1835 de 1981