Modificación Del Parágrafo 1° Del Artículo 13 Del Decreto 3771 De 2007
Decreto 1788 de 2013 · por el cual se modifica el parágrafo 1° del artículo 13 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el artículo 1° del Decreto 4944 de 2009.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Modificación del
Parágrafo 1
del artículo 13 del Decreto 3771 de 2007. El
Parágrafo 1
del artículo 13 del Decreto 3771 de 2007 quedará así: "
Parágrafo 1
Para ser beneficiarios de los subsidios de que trata el presente artículo, los concejales necesitan pertenecer a un municipio de categoría 4ª, 5ª o 6ª y no tener otra fuente de ingreso adicional a sus honorarios. El subsidio se concederá solamente por el período en el que ostenten la calidad de concejal".
Parágrafo 1
Artículo 13 DECRETO 3771 de 2007
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.