Cuando en el presupuesto nacional se hicieren reducciones, aplazamientos o adiciones que afecten el presupuesto de los establecimientos públicos para el equilibrio o concordancia, las Juntas o Consejos Directivos expedirán la resolución o acuerdo efectuando los ajustes en sus presupuestos.
Igualmente, si en cualquier mes del año fiscal, el Gerente o Director estima que los ingresos propios pueden ser inferiores al total de los gastos y obligaciones propondrá a la Junta o Consejo Directivo las medidas conducentes a la reducción de las apropiaciones presupuestales o al aplazamiento de los gastos no indispensables.
En ambos casos la resolución o acuerdo será remitido a la Dirección General del Presupuesto para su refrendación.