º La Corporación tendrá las siguientes funciones
Elaborar, promover, financiar, administrar y ejecutar, conjuntamente con las instituciones correspondientes de la República de Venezuela, planes de integración fronteriza con la aprobación de las autoridades competentes.
Promover y participar en sociedades de economía mixta nacionales, binacionales o multinacionales en asocio con otras entidades nacionales, regionales, departamentales, municipales o del sector privado para la ejecución de programas y proyectos de desarrollo regional y de integración fronteriza.
Elaborar, adoptar y ejecutar el Plan Maestro de Desarrollo del área de jurisdicción en concordancia con las políticas y directrices de los Planes de Desarrollo Nacional, Regional y Departamental.
Formular los mecanismos de coordinación y de ejecución de los planes, programas y proyectos que las entidades gubernamentales de todo orden deban realizar en el territorio de su jurisdicción, ejercer el control y evaluación de los mismos y acordar las prioridades de inversión corres pondientes.
Determinar los usos, destinos y reservas de tierra, aguas y bosques con el propósito de regular y ordenar el uso ,racional de los recursos naturales y la protección del medio ambiente y fomentar los desarrollos urbanos, agropecuarios, industriales, turísticos y mineros, y la explotación de los recursos en armonía con la preservación y utilización adecuada del medio ambiente.
Asesorar al departamento y a los municipios ubicados en el territorio de su jurisdicción para su fortalecimiento administrativo, operativo y técnico y en la elaboración de planes de desarrollo y gestiones que deban adelantar ante otras entidades públicas y privadas para su ejecución.
Promover el mejoramiento de los sistemas de comunicación, transporte, electrificación, acueducto, alcantarillados y saneamiento ambiental.
Promover, financiar y ejecutar programas de obras de forestación, adecuación de tierras, irrigación, drenaje, y control de inundaciones.
Reglamentar, administrar y regular la utilización de las aguas superficiales y subterráneas, para abastecimientos públicos, industriales, agropecuarios y mineros.
Promover y adelantar programas de aprovechamiento y manejo integral de los recursos del mar.
Promover, financiar y ejecutar los programas de manejo integral de las cuencas hidrográficas incluyendo las aguas superficiales y subterráneas.
Capacitar, formar y promover los recursos humanos.
Realizar programas de desarrollo indigenista, en coordinación con las entidades competentes.
Realizar programas de desarrollo agropecuario y agroindustrial en coordinación con las entidades legalmente competentes.
Promover, financiar y ejecutar programas de racionalización del uso y aprovechamiento de las zonas áridas.
Participar en la organización de entidades descentralizadas destinadas a mejorar la prestación de servicios pú blicos y a fomentar el desarrollo de la región.
Determinar los programas de obras de la Corporación que deben realizarse por el sistema de valorización.
Determinar y cobrar tasas y tarifas por los servicios que preste.
Ejercer las funciones que otras entidades públicas le deleguen.
La competencia en materia de recursos naturales renovables de que trata el artículo será asumida por la Corporación en forma gradual dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de vigencia del presente Decreto. Para estos efectos, la Corporación comunicará al Inderena la decisión de asumir gradualmente la competencia y señalará en forma precisa las fechas de asunción de las distintas materias comprendidas por la competencia en materia de re cursos naturales renovables. Transcurrido el lapso de tres (3) años se entenderá que la competencia se encuentra plenamente radicada en la Corporación.